La Junta General es el órgano superior de expresión de la voluntad del Colegio en el que están representados todos los colegiados. Sus acuerdos, adoptados con arreglo a los Estatutos y a los Reglamentos de Régimen Interno, serán de obligado cumplimiento para todos los colegiados.

Conforme al apartado 1d del Art. 10 de la Ley de Colegios Profesionales, a través de este apartado, se convocará a los colegiados a las Juntas Generales Ordinarias y Extraordinarias.